El presente proyecto de Ley tiene como fin establecer el marco jurídico para:
1- El desarrollo la actividad comercial de semillas, aplicable a su producción, comercio y uso; de manera que se promueva la productividad y desarrollo agropecuario y forestal, así como una sana, justa y equitativa competencia, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 3 de la presente Ley.
2- El Servicio Nacional de Semillas, en adelante SENASEM
3- La promoción de la conservación, protección y uso de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación.
Dentro de sus objetivos se encuentran:
1- Promocionar la conservación, la producción, el control de semillas comerciales fortalecimiento de la actividad comercial semillera y, en el ámbito de aplicación de esta Ley, que cumpla con los estándares de calidad establecidos, con el objeto de fomentar su uso en la actividad agropecuaria.
2- Desarrollar la actividad comercial de semillas, aplicable a su producción, comercio y uso; de manera que se promueva la productividad y desarrollo agropecuario y forestal, así como una sana, justa y equitativa competencia.
3- Tutelar del derecho de toda persona física o jurídica, de derecho público o privado, a dedicarse a la producción, mejoramiento, conservación, comercio y uso de semillas comerciales.
4- Garantizar y regular la certificación y control de calidad de las semillas comerciales, la validación y el registro de las distintas variedades que se producen, comercializan y se utilizan en la agricultura.
5- Velar por un adecuado abastecimiento nacional y el acceso a semillas comerciales, locales, tradicionales y criollas.
6- Gestionar, proteger, conservar y promover la utilización sostenible los recursos fitogenéticos, ampliar la base genética de los cultivos, variedades y especies, fortalecer la investigación que promueva y conserve la diversidad biológica y fomentar la mejora genética para el desarrollo agrícola y forestal.