Fortalecimiento y mejora del funcionamiento de los sistemas integrados “Una salud” nacionales e internacionales para la salud de las personas, los animales, las plantas y el medio ambiente gracias a la mejora de la prevención de plagas y enfermedades, la alerta temprana y la gestión de los riesgos sanitarios nacionales y mundiales, incluida la resistencia a los antimicrobianos.
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, en el marco de la Ley No 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante Núcleos Ejecutores, para promover la reactivación de la economía en el Sector Agricultura y Riego mediante la intervención de Núcleos Ejecutores. (...) El presente Decreto de Urgencia, — considerando que el estado actual de la infraestructura agrícola y específicamente la infraestructura de riego es una de las principales limitantes del desarrollo de las zonas rurales, debiendo por ello orientarse las actividades a la solución de problemas concretos al mantenimiento de la infraestructura de riego, aspecto que afecta la producción y postproducción agropecuaria de las zonas rurales que dependen de la agricultura —, tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, en el marco de la Ley Nº 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural mediante núcleos ejecutores, para promover la reactivación de la economía en el Sector Agricultura y Riego.