Son fines de esta Ley: 1) Asegurar el ejercicio pleno del derecho humano a una alimentación adecuada y dotación permanente para niñas, niños y adolescentes en edad escolar; 2) Contribuir en la prevención y erradicación de la malnutrición, a través de la promoción de hábitos alimentarios saludables en el ámbito educativo; 3) Asegurar la inocuidad, calidad y control de los alimentos que se expenden y distribuyen en las instituciones educativas; 4) Ejecutar acciones tendientes a mejorar el estado nutricional de niñas, niños y adolescentes que asisten a instituciones educativas; 5) Promover hábitos alimentarios saludables en niños, niñas y adolescentes en edad escolar; 6) Garantizar que las niñas, niños y adolescentes que asistan a estos establecimientos educativos incorporen a su alimentación alimentos y bebidas saludables y adecuadas, de acuerdo con las guías alimentarias emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional; 7) Incorporar a la alimentación escolar alimentos saludables y agua que satisfagan los requerimientos nutricionales de las niñas, niños y adolescentes de acuerdo con su edad; 8) Promover que la oferta de alimentos y bebidas ofrecidos en los locales educativos se adecuen a las guías de salud alimentarias; 9) Incluir en la alimentación escolar también aquella que proviene de la agricultura campesina, montubia y afro ecuatoriana local y del comercio justo.