El presente Decreto Supremo aprueba el Manual de Advertencias Publicitarias en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-SA, que establece las especificaciones técnicas para consignar las advertencias publicitarias en los alimentos procesados que superen los parámetros técnicos establecidos y en los medios de comunicación según el Reglamento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes.
Las advertencias publicitarias serán aplicables a aquellos alimentos procesados cuyo contenido de sodio, azúcar y grasas saturadas excedan los parámetros técnicos establecidos en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes. Las advertencias publicitarias para las grasas trans se rigen por el Reglamento que establece el proceso de reducción gradual hasta la eliminación de las grasas trans en los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados industrialmente aprobado por Decreto Supremo Nº 033- 2016-SA. Las advertencias publicitarias deberán ser consignadas de manera clara, legible, destacada y comprensible en la cara frontal de la etiqueta del producto, según las siguientes especificaciones y las proporciones que se detallan.
Establecimiento del derecho a una alimentación adecuada y facilitación de la transición hacia dietas saludables para las poblaciones nacionales mediante la fijación de prioridades en entornos institucionales, normativos y jurídicos integrados que garantizan e incentivan la participación de los consumidores y el sector privado.
El reconocimiento y la eliminación de la inseguridad alimentaria y la malnutrición de las personas más vulnerables en todos los contextos se convierten en el centro de atención de políticas, estrategias y programas específicos elaborados y puestos en marcha por los países
Aprobación y aplicación por los gobiernos de políticas y legislación integradas de carácter multisectorial sobre inocuidad de los alimentos en los sistemas agroalimentarios nacionales y refuerzo de las capacidades y concienciación de los operadores de las cadenas de valor y los consumidores.
Fortalecimiento y mejora del funcionamiento de los sistemas integrados “Una salud” nacionales e internacionales para la salud de las personas, los animales, las plantas y el medio ambiente gracias a la mejora de la prevención de plagas y enfermedades, la alerta temprana y la gestión de los riesgos sanitarios nacionales y mundiales, incluida la resistencia a los antimicrobianos.
Promoción de una transformación más eficiente, inclusiva, resiliente y sostenible de los sistemas agroalimentarios urbanos y periurbanos que aborde la pobreza, la inseguridad alimentaria y la malnutrición en el medio urbano, propicie dietas saludables y catalice una transformación rural inclusiva y sostenible, gracias a la adopción de políticas y programas de apoyo y a la iniciación y la ampliación de medidas e inversiones de las partes interesadas nacionales y locales.
Fortalecimiento de la resiliencia de los sistemas agroalimentarios y los medios de vida ante las perturbaciones y tensiones socioeconómicas y ambientales gracias a una mejor comprensión de los múltiples riesgos y a mecanismos de gobernanza más eficaces para la aplicación de medidas de reducción de la vulnerabilidad.
Aceleración de la transformación agrícola y el desarrollo rural sostenible mediante su orientación específica hacia las personas más pobres y que padecen hambre, la diferenciación de territorios y estrategias y la integración de todas las dimensiones pertinentes de los sistemas agroalimentarios a través del análisis y el establecimiento de asociaciones.
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